En
lo que se refiere a la formación continua podemos destacar que se
entiende como una serie de actividades formativas con el fin de
renovar y actualizar el trabajo que desempeñan los trabajadores.
Para
organizar este tipo de formación existe la fundación tripartita que
se creó por parte de los sindicatos y las organizaciones
empresariales. Esta institución utiliza una serie de fondos
estatales para organizar y gestionar la formación.
Las
cometidos de la formación continua son los siguientes:
- Adecuar las diferentes capacidades y cualificaciones a la innovación tecnológica
- Promover la formación continua para promocionar su importancia como mejora para el desarrollo personal y profesional de los trabajadores.
- Prever los diferentes cambios que se van a llevar a cabo para anticiparse a los cambios tecnológicos o económicos que se den en las empresas
La
formación continua puede ser llevada a cabo tanto por trabajadores
empleados como por desempleados. Además se ofrecen diversas
posibilidades de como llevarse a cabo. Puede llevarse a cabo por una
empresa o por un grupo de empresas que cuenten con cien trabajadores
o más. También puede darse el caso de contar con cien trabajadores
a partir de la unión de diferentes empresas que trabajen en la misma
área e incluso, puede ser ejercida por organizaciones empresariales
y sindicales que consideren necesario la formación continua en
determinados aspectos que vayan surgiendo en la sociedad.
En
esta misma línea, debo decir que pueden darse acciones
complementarias de formación y permisos individuales. La primera se
refiere a proyectos que mejoren la calidad de la formación o que
propaguen su difusión y la segunda se refiere a un curso particular
que realiza una persona que lleve trabajando un año o más en la
empresa con el fin de que consiga una titulación oficial. En este
caso se financian hasta 200 horas.
Por
otro lado existen una serie de leyes que son las encargadas de
estructurar la formación continua en la sociedad. En primer lugar
nos encontramos con la ley orgánica de las cualificaciones y de la
formación profesional que se desarrolla en la Constitución Española
y en el Tratado de la Unión Europea.
En
la constitución española se establece que los poderes públicos son
los encargados de favorecer la formación como herramienta para que
haya una verdadera libertad de elección de profesión,para que se de
el verdadero derecho al trabajo y para que se pueda conseguir un
ascenso a través del empleo.
En
el Tratado de la Unión Europea se le da especial importancia a la
cualificación de los trabajadores con el fin de que puedan ser
libres e independientes en cuanto al desarrollo de su trabajo.
Esta
ley tiene como objetivo instaurar un Sistema Nacional dedicado a la
formación profesional para que se lleve a cabo de forma coherente y
eficaz tanto su dirección como su programación y organización.
En
este sistema nacional deben intervenir tres organismos, como son la
Administración General del Estado, que es el que regula las
competencias de cada una de las comunidades autónomas; El Consejo
General de la Formación Profesional, que es un órgano consultivo y
tiene como fin representar a las comunidades autónomas y el
Instituto Nacional de Cualificaciones, que es el encargado de fijar,
crear y mantener el Catálogo Nacional de Cualificaciones. Este
catálogo se utiliza para delimitar cuales son las cualificaciones en
el sistema de producción y de atender, a través de la formación,
los requisitos de este sistema de producción. Además el Catálogo
Nacional de Cualificaciones servirá para valorar la acreditación
que se haya obtenido a través de la formación y aquellas
competencias que se hayan adquirido a través de la experiencia
profesional (Unidad didáctica 1).
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